El Puñal Turístico

El Puñal Turístico

1 octubre, 2018 0 Por admin

En este país del Lazarillo de Tormes donde sus habitantes han desarrollado habilidades sobrenaturales para esquivar cuchilladas de todo tipo y clase, fruto de la inseguridad jurídica que nos caracteriza nos encontramos ante “Los Arrendamientos Turísticos”, un modelo de negocio rentable, lucrativo y beneficioso para todos, palabras que molestan a aquellos que no disfrutan de sus pingües beneficios y que cuya competencia recae sobre las Comunidades Autónomas (esos entes que cada día desconocemos más y más cual es el fin de su dedicación), éstas han madurado y sopesado largo y tendido (desde 2010 en el caso de Andalucía) la regulación de los alquileres turísticos y desde entonces ya hay dos Decretos regulando los mismos pero ahora el Estado se dispone a regular los mismos con la elaboración de una Ley. Nuestra famosa INSEGURIDAD JURÍDICA fruto de la descentralización sin sentido que sufrimos hoy por hoy.

Las palabras de este artículo no van dirigidas a aquellos propietarios de edificios y cuya administración de la totalidad de los mismos recae sobre ellos, no, ellos se libran…por ahora… Estas palabras van dirigidas a “los otros” cuyos inmuebles permanecieron acumulando humedad a lo largo de los lustros y ahora, ¡milagro! Nos encontramos con un mercado que no presta dinero para comprar una vivienda y como consecuencia todos alquilan, fruto de ello suben las rentas de los mismos y para más “inri” el mercado se contrae y el populismo grita regular el precio de los alquileres al son de: ¡Es un derecho! O algo así…

 

Otros propietarios deciden dedicar esos inmuebles al alquiler vacacional para maximizar ingresos y como consecuencia de este fin la inversión en los mismos se ha disparado y las reformas de albañilería, electricidad y fontanería no ha tocado techo, aún. Todo hay que decirlo, también nos hemos adentrado en cierto desorden pues esas comunidades de propietarios que antes vivían cómodamente con uno o dos vecinos en todo el edificio han visto su paz sacrificada por culpa de veinteañeros llamados Hansel, Jack y Monique que han decidido celebrar en España sus despedidas de soltero en el edificio antes mencionado. Esta situación ha generado cierta incomodidad y perturbando la convivencia de los vecinos cuya Comunidad de Propietarios ya desconoce si es un hotel o en un bloque de viviendas.

Acabamos de llegar al problema madre. Pues las citadas comunidades quieren prohibir en Junta General el desempeño de tales tipos de alquileres y por ello los juzgados comienzan a recibir los primeros casos y muchos de esos tribunales dan la razón a las comunidades pero otros, sin que les falte atino, expresan la incompatibilidad de la Ley para prohibir la actividad mencionada. Pues la Ley de la Propiedad Horizontal es clara en este tema, cambiar el Título Constituyente de las comunidades de propietarios ha de llevarse sólo de una única manera, por UNANIMIDAD. Esto es, el 100% de los votantes. Sin excepción. Dicho esto nos encontramos ante la imposibilidad de prohibir los mencionados alquileres ya que si hay un inmueble que desempeña esta actividad votará en contra de su prohibición y por ende no se podrá alcanzar el 100% antes mencionado.

Esta última semana se han inscrito en el Registro de Viviendas Turísticas más de quinientos nuevos titulares sólo en la provincia de Málaga para evitar regirse por la mencionada Ley, modificación o pegote legal que fuere, y así estos titulares anteriores a la aplicación de la misma puedan regirse por la legislación actual y no la nueva que no sabemos cómo será, ejecutará o materializará.

Lo dicho, en este país del Lazarillo de Tormes esquivamos de todo un poco y casi nunca sabemos quien nos apuñala, si nuestro familiar, si nuestra pareja ó la Administración, ésta, la que suponemos ser todos…

 

 

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